Seguro Vida Conductor
- Fallecimiento
- 600 UF
- Invalidez Total Permanente
- 400 UF
- Desmembramiento
- 600 UF
Edad máx. ingreso: 69 años | Permanencia: 70 años
Seguro de vida obligatorio según el Decreto Supremo 80 (art. 23) para todo conductor de transporte privado remunerado, ya sea empleado o independiente. Protege al conductor en caso de fallecimiento, invalidez o desmembramiento durante el ejercicio de sus funciones.
Póliza obligatoria D.S. 80 para conductores de transporte privado remunerado
Edad máx. ingreso: 69 años | Permanencia: 70 años
Edad máx. ingreso: 64 años | Permanencia: 70 años
Contrata, paga y obtén tu póliza 100% en línea
Ingresa tus datos personales y completa la Declaración Personal de Salud (DPS) requerida para la suscripción del seguro. El valor de la prima puede variar según lo declarado.
Elige la aseguradora y el plan que mejor se adapte a tus necesidades. Realiza el pago de forma segura mediante Webpay o PAT según corresponda.
Una vez aprobada la suscripción y confirmado el pago, recibirás tu póliza en tu correo electrónico. Vigencia de 1 año desde la fecha de emisión.
Cumple con la normativa del Decreto Supremo 80 y protege tu actividad como conductor profesional. Este seguro de vida te brinda cobertura en caso de fallecimiento, invalidez o desmembramiento durante el ejercicio de tus funciones de transporte.
Cumple con el Decreto Supremo 80 (art. 23) obligatorio para conductores de transporte privado remunerado
Protección ante fallecimiento, invalidez total permanente y desmembramiento accidental
Contrata y paga tu póliza directamente en línea sin trámites presenciales
Elige entre distintas aseguradoras y formas de pago según tu preferencia
El Seguro Vida Conductor es de carácter obligatorio según el Decreto Supremo 80 (art. 23) para todo conductor de transporte privado remunerado, ya sea empleado o independiente.
Su función principal es brindar cobertura al conductor del vehículo en caso de posibles accidentes cuyo resultado sea fallecimiento, invalidez total o permanente, o desmembramiento durante el ejercicio de sus funciones en el servicio de transporte privado remunerado.
Indemnización a los beneficiarios en caso de fallecimiento o muerte por acto delictual durante el ejercicio de funciones
Cobertura por pérdida del 75% o más de la capacidad de trabajo del asegurado producto de accidente
Indemnización por desmembramiento o pérdida funcional a causa de accidente durante el trabajo
* Los montos indicados corresponden a las coberturas mínimas exigidas por el D.S. 80. Consulta las condiciones particulares de cada aseguradora.
“El responsable del servicio de transporte privado remunerado de pasajeros estará obligado a cumplir lo descrito en la ley Nº 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, además de contratar directa o indirectamente y mantener vigente en todo momento, un seguro para el personal de conducción para cubrir los riesgos por los montos mínimos de cobertura que se definen…”
Sigue estos pasos para activar la cobertura del seguro
Comunícate con la compañía aseguradora lo antes posible para reportar el accidente ocurrido durante el ejercicio de funciones.
Prepara la póliza, cédula de identidad, parte policial, certificados médicos y toda documentación que respalde el siniestro.
Ingresa la solicitud formal de indemnización ante la aseguradora con la documentación requerida.
Una vez aprobada la solicitud, la aseguradora realizará el pago de la indemnización al asegurado o a sus beneficiarios.
Todo conductor de transporte privado remunerado, ya sea empleado o independiente, debe contar con este seguro según lo establecido en el Decreto Supremo 80 (art. 23). El asegurado es el conductor o conductor profesional.
Las coberturas mínimas exigidas son: fallecimiento o muerte por acto delictual (600 UF), invalidez total permanente con pérdida del 75% de capacidad de trabajo (400 UF), e invalidez accidental o desmembramiento (600 UF).
La edad mínima es 18 años. La edad máxima de ingreso varía según la aseguradora (64-69 años). La edad máxima de permanencia es 70 años, aunque para algunas coberturas específicas puede ser menor (65 años para IAD).
Las formas de pago varían según la aseguradora: Webpay con cuotas sin interés (Redcompra, Visa, Mastercard) o PAT (Pago Automático con cargo a Tarjeta de Crédito). La contratación es 100% online.
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WhatsAppEl Seguro Vida Conductor es obligatorio según el Decreto Supremo 80 (art. 23) para todo conductor de transporte privado remunerado. Brinda cobertura al conductor en caso de fallecimiento, invalidez total permanente o desmembramiento durante el ejercicio de sus funciones de transporte.
conductor o conductor profesional de transporte privado remunerado de pasajeros.
1 año desde la fecha de emisión de la póliza.
Requiere completar una Declaración Personal de Salud (DPS). Los valores pueden variar según lo declarado.
La Invalidez Total Permanente (ITP) corresponde a la pérdida del 75% o más de la capacidad de trabajo del asegurado.